Las criptomonedas han sido un dolor de cabeza (si no una pesadilla) para la ley. Desde que Ross Ulbricht lanzó el mercado en línea de Silk Road en febrero de 2011, Bitcoin y empresas de su tipo han estado interrumpiendo la capacidad de las autoridades para vigilar el mundo y garantizar el cumplimiento de las normas, reglamentos y leyes. Por un tiempo, algunos creyeron que los contratos inteligentes, esencialmente las instrucciones escritas y ejecutadas por una blockchain, harían algo muy similar a la ley misma, entrando en conflicto potencial con los sistemas legales del mundo y su jurisdicción sobre nuestro comportamiento.
Sin embargo, en un blog escrito a finales de enero, la profesora de derecho Giesela Rühl argumentó que los contratos inteligentes no necesariamente entran en conflicto con el derecho contractual tradicional, y que el derecho internacional (específicamente el Reglamento Roma I de la Unión Europea) se aplica a ellos. Esta fue una declaración afirmativa poco común de que los contratos basados en blockchain pueden integrarse sin problemas en los marcos jurídicos existentes en todo el mundo, todo ello sin necesidad de una revisión significativa de dichos marcos.