por Dassaev Rodríguez Ramírez
(Retransmite la historia publicada el 14 de octubre)
Infosel, octubre. 15.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la determinación que tomó el Instituto Nacional Electoral, respecto a negar el registro como partido político a la organización política México Libre.
La votación fue cuatro votos a favor de negar el registro como partido político a la organización civil Libertad y Responsabilidad Democrática, mejor conocida como México Libre y tres en contra de respaldar la decisión del INE.
El magistrado José Luis Vargas Valdez, quien elaboró el proyecto, determinó que no era posible dar el registro como partido a la organización fundada por el expresidente Felipe Calderón y su esposa Margarita Zavala, debido a que una gran cantidad de aportaciones de ciudadanos afines a su movimiento fueron realizadas con dinero en efectivo, lo cual es violatorio de la ley por dificultar el origen de los recursos.
"Lamentable la resolución del @TEPJF_informa en contra del registro de @MexLibre_ es injusto, inconstitucional, incongruente", escribió Zavala Gómez del Campo, en su cuenta de la red social Twitter tras conocer la determinación del Tribunal Electoral. "A todos los que están afines al gobierno se les dio el registro; a la única voz opositora, @MexLibre_ se le negó con criterios absurdos. Seguiremos en la lucha".
México Libre impugnó ante el Tribunal la decisión del INE por considerar que sí cumplió con sus obligaciones fiscales al utilizar la plataforma Clip, una terminal para realizar pagos electrónicos, la cual cumple con los términos establecidos por la ley.
No obstante, el Máximo Tribunal Electoral del país consideró que el uso de esta plataforma no exime a la organización de reportar sus ingresos de manera clara.
"A juicio de la Sala Superior son infundados los agravios debido a que el recurrente parte de la premisa errónea de que, con la documentación que presentó a la autoridad fiscalizadora, cumplió con las exigencias establecidas en la norma electoral en materia de transparencia y rendición de cuentas", dijo el Tribunal en su resolución.
Los magistrados coincidieron con la determinación del INE en que la plataforma Clip sólo sirve como un complemento del sistema bancario que existe en México, por lo que no se puede tener una certeza sobre el origen de los recursos aportados por los ciudadanos.
"El monto de recursos recabados sistemáticamente a través de esa vía, incidió de manera significativa en los actos que celebró para cumplir con los requisitos para la obtención del registro, ya que estos ingresaron en los meses en que realizó un número importante de asambleas y obtuvo una gran cantidad de afiliaciones, lo que reflejó una actuación grave y determinante, ya que incidieron directamente en los actos que realizó para intentar cumplir con los requisitos legales para obtener su registro", dijo el Tribunal, en un comunicado.
México Libre dijo que la negativa de registro a su organización estuvo basada en una acusación falsa, por lo cual argumentó que se busca bloquear la conformación de un nuevo partido político.
"Cumplimos con todos los requisitos de ley, además de satisfaces los principios de máxima publicidad, transparencia y rendición de cuentas, dijo México Libre, en un comunicado. "El proyecto se excede en su cometido de revisar agravios expresados y considera un nuevo criterio relativo a las aportaciones a las aportaciones mediante la plataforma electrónica CLIP".
En la misma sesión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó el registro como partido político nacional a la organización Encuentro Solidario (PES).
Con esta decisión, tribunal rechazó la impugnación presentada por el Partido Acción Nacional y la agrupación política nacional "Ciudadanos en Transformación", quienes argumentaban que miembros de organizaciones religiosas participaron en la conformación de las asambleas y en la recaudación de apoyos.
"La Sala Superior resolvió confirmar el registro pues la anulación de los actos en que participaron ministras y ministros de culto es suficiente para depurar el proceso de constitución de un partido político nacional", dijo Encuentro Solidario, en un comunicado.
Al mismo tiempo, el Tribunal Electoral revocó la decisión del INE y otorgó el registro como partido político a la organización civil Redes Sociales Progresistas, que encabeza Fernando González Sánchez, yerno de la exlíderesa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Elba Esther Gordillo.
Para sustentar la revisión, el Tribunal confirmó la validez de las aportaciones en especie que recibió, así como de las asambleas realizadas en Morelos, Chiapas, Ciudad de México, Durango, Guerrero, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán, que el INE había declarado como inválidas por presunta participación de organizaciones sindicales.
"Los magistrados también revocaron la resolución en materia de fiscalización relativa a la revisión de los informes mensuales de ingresos y egresos ya que la organización sí identificó quienes fueron las personas que le hicieron aportaciones en especie", dijo el Tribunal Electoral, en un comunicado. "Asimismo, se determinó que no se acreditó en el caso la intervención de organizaciones sindicales en la celebración de diversas asambleas celebradas por la organización, por lo que se revocó la resolución dictada por el INE".
(Retransmite la historia publicada el 14 de octubre)
Infosel, octubre. 15.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la determinación que tomó el Instituto Nacional Electoral, respecto a negar el registro como partido político a la organización política México Libre.
La votación fue cuatro votos a favor de negar el registro como partido político a la organización civil Libertad y Responsabilidad Democrática, mejor conocida como México Libre y tres en contra de respaldar la decisión del INE.
El magistrado José Luis Vargas Valdez, quien elaboró el proyecto, determinó que no era posible dar el registro como partido a la organización fundada por el expresidente Felipe Calderón y su esposa Margarita Zavala, debido a que una gran cantidad de aportaciones de ciudadanos afines a su movimiento fueron realizadas con dinero en efectivo, lo cual es violatorio de la ley por dificultar el origen de los recursos.
"Lamentable la resolución del @TEPJF_informa en contra del registro de @MexLibre_ es injusto, inconstitucional, incongruente", escribió Zavala Gómez del Campo, en su cuenta de la red social Twitter tras conocer la determinación del Tribunal Electoral. "A todos los que están afines al gobierno se les dio el registro; a la única voz opositora, @MexLibre_ se le negó con criterios absurdos. Seguiremos en la lucha".
México Libre impugnó ante el Tribunal la decisión del INE por considerar que sí cumplió con sus obligaciones fiscales al utilizar la plataforma Clip, una terminal para realizar pagos electrónicos, la cual cumple con los términos establecidos por la ley.
No obstante, el Máximo Tribunal Electoral del país consideró que el uso de esta plataforma no exime a la organización de reportar sus ingresos de manera clara.
"A juicio de la Sala Superior son infundados los agravios debido a que el recurrente parte de la premisa errónea de que, con la documentación que presentó a la autoridad fiscalizadora, cumplió con las exigencias establecidas en la norma electoral en materia de transparencia y rendición de cuentas", dijo el Tribunal en su resolución.
Los magistrados coincidieron con la determinación del INE en que la plataforma Clip sólo sirve como un complemento del sistema bancario que existe en México, por lo que no se puede tener una certeza sobre el origen de los recursos aportados por los ciudadanos.
"El monto de recursos recabados sistemáticamente a través de esa vía, incidió de manera significativa en los actos que celebró para cumplir con los requisitos para la obtención del registro, ya que estos ingresaron en los meses en que realizó un número importante de asambleas y obtuvo una gran cantidad de afiliaciones, lo que reflejó una actuación grave y determinante, ya que incidieron directamente en los actos que realizó para intentar cumplir con los requisitos legales para obtener su registro", dijo el Tribunal, en un comunicado.
México Libre dijo que la negativa de registro a su organización estuvo basada en una acusación falsa, por lo cual argumentó que se busca bloquear la conformación de un nuevo partido político.
"Cumplimos con todos los requisitos de ley, además de satisfaces los principios de máxima publicidad, transparencia y rendición de cuentas, dijo México Libre, en un comunicado. "El proyecto se excede en su cometido de revisar agravios expresados y considera un nuevo criterio relativo a las aportaciones a las aportaciones mediante la plataforma electrónica CLIP".
En la misma sesión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó el registro como partido político nacional a la organización Encuentro Solidario (PES).
Con esta decisión, tribunal rechazó la impugnación presentada por el Partido Acción Nacional y la agrupación política nacional "Ciudadanos en Transformación", quienes argumentaban que miembros de organizaciones religiosas participaron en la conformación de las asambleas y en la recaudación de apoyos.
"La Sala Superior resolvió confirmar el registro pues la anulación de los actos en que participaron ministras y ministros de culto es suficiente para depurar el proceso de constitución de un partido político nacional", dijo Encuentro Solidario, en un comunicado.
Al mismo tiempo, el Tribunal Electoral revocó la decisión del INE y otorgó el registro como partido político a la organización civil Redes Sociales Progresistas, que encabeza Fernando González Sánchez, yerno de la exlíderesa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Elba Esther Gordillo.
Para sustentar la revisión, el Tribunal confirmó la validez de las aportaciones en especie que recibió, así como de las asambleas realizadas en Morelos, Chiapas, Ciudad de México, Durango, Guerrero, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán, que el INE había declarado como inválidas por presunta participación de organizaciones sindicales.
"Los magistrados también revocaron la resolución en materia de fiscalización relativa a la revisión de los informes mensuales de ingresos y egresos ya que la organización sí identificó quienes fueron las personas que le hicieron aportaciones en especie", dijo el Tribunal Electoral, en un comunicado. "Asimismo, se determinó que no se acreditó en el caso la intervención de organizaciones sindicales en la celebración de diversas asambleas celebradas por la organización, por lo que se revocó la resolución dictada por el INE".