Si bien el Comité reitera algunas normativas aplicables para las criptomonedas, también asegura que hará nuevas evaluaciones de riesgo con respecto a las stablecoins, activos que tienen un tratamiento diferente a las monedas digitales popularmente conocidas.
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- Comité de Basilea abrirá consulta para criterios y aspectos aplicables a las criptomonedas
- La entidad mantendrá algunos principios, pero buscará orientación sobre el tratamiento para las stablecoins
- Los criterios del Comité sirven de guía para bancos y entidades financieras en todo el mundo
Revisando consideraciones aplicables a las criptomonedas y stablecoins Las consideraciones del Comité de Basilea vienen a lugar tras varias reuniones realizadas esta semana por los altos miembros de la organización. Entre las medidas con relación a las criptomonedas, proponen revisar los riesgos sobre la exposición de las entidades financieras a estos activos, con lo cual buscarán reajustar algunas consideraciones adoptadas durante 2022.
Sobre este punto, en el comunicado publicado por el Comité de Basilea se lee:
El Comité concluyó que los criptoactivos que utilizan cadenas de bloques sin permiso crean riesgos que no pueden mitigarse lo suficiente en la actualidad y, por lo tanto, acordó mantener el tratamiento existente para dichos criptoactivos.Sin embargo, también acordó abrir consultas para revisiones específicas relacionados con los criterios especialmente aplicables a las stablecoins, para que estas “reciban un tratamiento regulatorio preferencial del ‘Grupo 1b'”, es decir, de activos respaldados por dinero fiat u otros activos tangibles.
En cuanto a la custodia de criptoactivos, el organismo reiteró los riesgos operativos que esta práctica supone para los bancos, por lo que “refuerza la importancia de la plena implementación de los Principios para la resiliencia operativa y los de la buena gestión del riesgo operativo“.
Por último, aseguran que continuarán supervisando la evolución del sector de la criptocustodia, de la mano con los cambios en el mercado de los activos digitales, para definir si hay que hacer ajustes adicionales.
Exposición limitada a los criptoactivos Si bien el Comité de Basilea no ve precisamente con buenos ojos a las criptomonedas, la entidad ha establecido ciertas normativas y recomendaciones dirigidas a las entidades bancarias sobre la exposición a estos activos, abriendo cierto margen de libertad y flexibilidad para las interesadas.
En una consulta realizada por el Comité a finales de junio del año pasado, las autoridades hicieron recomendaciones muy importantes que hoy día son tomadas como referencia por las entidades bancarias, entre las cuales invitó a las instituciones a “limitar las exposición de los bancos convencionales a activos digitales como Bitcoin a solo 1% de su capital”.
Según indicó en aquél momento, la limitación se aplicaría para un tipo de activo digital que no está respaldado por reservas convencionales o que “no tienen contraparte“, y que, por lo tanto, representa mayor riesgo. Estos activos, identificados como “Grupo 2”, incluirían las criptomonedas no tokenizadas como Bitcoin y las principales altcoins, así como las monedas estables algorítmicas.
Por otro lado, los activos digitales del “Grupo 1” consisten en activos tradicionales tokenizados, como acciones sintéticas, o aquellos con mecanismos de estabilización efectivos, como stablecoins reguladas. Según la propuesta, estos estarían sujetos a requisitos de capital basados en el riesgo al menos equivalentes a los de los activos de capital tradicionales.
Artículo de Angel Di Matteo / DiarioBitcoin
Imagen de Unsplash, editada con Canva