por Michelle del Campo
(Retransmite, incluye posición de Grupo México en párrafos seis y siete)
Infosel, enero. 16.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo órgano judicial de México, tomó su decisión al respecto de los tres amparos vinculados al caso del derrame de la mina Buena Vista del Cobre, de Grupo México, sobre el Río Sonora, ocurrido hace más de cinco años.
La Segunda Sala otorgó a los quejosos, un grupo de 35 pobladores denominados Comités de Cuenca, sólo uno de los tres amparos solicitados, los otros dos fueron desechados, de acuerdo con la lista de asuntos resueltos en la sesión de hoy publicada en el portal de la máximo tribunal del país.
El amparo otorgado protegería a los demandantes de la decisión tomada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), delegación Sonora, al respecto de dar por cumplidas las medidas correctivas acordadas entre Grupo México, uno de los principales grupos mineros del país, con las autoridades para remediar los daños del derrame.
Los alcances de esta decisión judicial para los involucrados aún no son claros, ya que la Segunda Sala aún no publica su sentencia.
"Esperamos que la sentencia defina mecanismos claros para que se efectúe la remediación tan esperada, con participación de las comunidades", dijo Fernanda Hopenhaym, codirectora de Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER), una organización que promueve la rendición de cuentas de parte de los corporativos y que acompañó a los demandantes.
Por su parte, Grupo México también dijo que esperaría la notificación de la sentencia, señalando que la decisión, que favorece a los quejosos, tendría algunas limitantes.
"Los hechos en este momento son que dos solicitudes de amparo fueron desechadas y que una más se rechazó parcialmente por lo que no se pueden anticipar sus efectos", dijo la empresa, en un comunicado.
Los jueces de la Suprema Corte negaron la solicitud de amparo sobre el actuar de las autoridades al respecto de un Proyecto de Reactivación Agropecuaria, en el que los quejosos señalaban omisión por la falta de un proceso de consulta.
Además, negaron la protección al respecto de un procedimiento con el cual el grupo de pobladores señalaban a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de omisión de ofrecer participación en la asignación y distribución de recursos de la remediación que fue ejercida a través de un fideicomiso, denominado Río Sonora, creado por Grupo México para pagar los daños relacionados con esta contingencia ambiental.
(Retransmite, incluye posición de Grupo México en párrafos seis y siete)
Infosel, enero. 16.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo órgano judicial de México, tomó su decisión al respecto de los tres amparos vinculados al caso del derrame de la mina Buena Vista del Cobre, de Grupo México, sobre el Río Sonora, ocurrido hace más de cinco años.
La Segunda Sala otorgó a los quejosos, un grupo de 35 pobladores denominados Comités de Cuenca, sólo uno de los tres amparos solicitados, los otros dos fueron desechados, de acuerdo con la lista de asuntos resueltos en la sesión de hoy publicada en el portal de la máximo tribunal del país.
El amparo otorgado protegería a los demandantes de la decisión tomada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), delegación Sonora, al respecto de dar por cumplidas las medidas correctivas acordadas entre Grupo México, uno de los principales grupos mineros del país, con las autoridades para remediar los daños del derrame.
Los alcances de esta decisión judicial para los involucrados aún no son claros, ya que la Segunda Sala aún no publica su sentencia.
"Esperamos que la sentencia defina mecanismos claros para que se efectúe la remediación tan esperada, con participación de las comunidades", dijo Fernanda Hopenhaym, codirectora de Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER), una organización que promueve la rendición de cuentas de parte de los corporativos y que acompañó a los demandantes.
Por su parte, Grupo México también dijo que esperaría la notificación de la sentencia, señalando que la decisión, que favorece a los quejosos, tendría algunas limitantes.
"Los hechos en este momento son que dos solicitudes de amparo fueron desechadas y que una más se rechazó parcialmente por lo que no se pueden anticipar sus efectos", dijo la empresa, en un comunicado.
Los jueces de la Suprema Corte negaron la solicitud de amparo sobre el actuar de las autoridades al respecto de un Proyecto de Reactivación Agropecuaria, en el que los quejosos señalaban omisión por la falta de un proceso de consulta.
Además, negaron la protección al respecto de un procedimiento con el cual el grupo de pobladores señalaban a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de omisión de ofrecer participación en la asignación y distribución de recursos de la remediación que fue ejercida a través de un fideicomiso, denominado Río Sonora, creado por Grupo México para pagar los daños relacionados con esta contingencia ambiental.