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Tabasco también prohíbe refrescos, comida "chatarra" a menores

Publicado 18.08.2020, 10:56 a.m
por Fernanda Celis

Infosel, agosto. 18.- Tabasco se convirtió en el segundo estado en prohibir la venta de bebidas y alimento con alto contenido calórico a menores de edad, luego de que Oaxaca hiciera lo propio el 5 de agosto.

El Congreso de Tabasco aprobó por mayoría de votos la iniciativa enviada por el gobernador Adán Augusto López Hernández, para restringir el acceso a la llamada comida "chatarra" y así combatir la obesidad infantil, un padecimiento del cual México ocupa el primer lugar en el mundo.

Con ello se reformó el artículo 87 de la Ley de Salud del Estado, que establece que en Tabasco "está prohibida la venta, distribución, donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad".

A través de esta medida, Tabasco, que se encuentra entre los cinco estados con mayor índice de obesidad, busca revertir esta situación.

La aprobación del Congreso local también reforma el artículo 88 de esa ley y deroga el artículo 163, para promover una vida más saludable desde la infancia y combatir enfermedades crónico-degenerativas como la diabetes e hipertensión.

El Congreso también eliminó la venta y distribución de estos productos en escuelas de nivel básico públicas o privadas, así como en hospitales, clínicas y centros de salud, lo que incluye máquinas expendedoras.

Las reformas también contemplan el fomento de hábitos de alimentación saludable y el deporte al aire libre todos los días por lo menos 20 minutos en escuelas de nivel básico, centros de educación inicial, de cuidados infantiles, guarderías, centros de desarrollo infantil y cualquier establecimiento escolar.

El Congreso del estado de Oaxaca fue el primero en reformar una ley que prohíbe la venta de productos ultra procesados y de alto contenido calórico a menores de edad, con un tratamiento similar al que tienen los cigarros y el alcohol.

Estas modificaciones, que también podrían realizarse en Ciudad de México, ocurren en la antesala de la entrada en vigor del nuevo etiquetado frontal de alimentos el 1 de octubre, el cual obligará al uso de sellos octagonales de un tamaño considerable en los paquetes de galletas, botanas, refrescos, dulces, sopas instantáneas, entre otros para indicar altos contenidos de azúcares, sodios, calorías y grasas saturadas.

Para la iniciativa privada, los cambios como los aprobados en Oaxaca no solucionan en su totalidad la incidencia de problemas de salud en menores asociados al consumo de este tipo de productos, como la obesidad infantil.

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