El caso “Hope Funds” es uno de los grandes fraudes de la historia argentina que afecta a centenares de inversores y terminará en una gran quiebra. El mismo fue realizado a través de un esquema “Ponzi” o piramidal, y su supuesto autor Enrique Blaksley, es llamado por el periodismo el “Madoff” argentino y tiene aspectos asimilables a Jordan Belfort del “Lobo de Wall Street”. En un esquema “Ponzi” o piramidal, inicialmente a los inversores se le promete el pago del capital invertido, en un corto plazo, con altas tasas de interés y con poco riesgo. El retorno de los inversores más antiguos, es pagado mediante la generación de nuevos inversores quienes aportan capital “fresco” bajo la promesa que también recibirán altas tasas de interés. Se produce una “redistribución” de riqueza entre los inversores, pero sin nada que genere dicha riqueza y mucho menos que la sustente. Cuando la captación de nuevos fondos se corta, el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones, toda la pirámide se cae y no existen activos que puedan ser liquidados para cancelar, en su totalidad, los créditos de los inversores. “Hope Funds”, en sus primeros años, logró generar una representación simbólica cuasi idílica – lo cual es por definición un “esquema” – inspiradora de confianza y seductora para el público inversor, con el único fin de condicionar su comportamiento y captar sus fondos. Para alcanzar dicho objetivo, contrató a los mejores deportistas del mundo, organizó diversos espectáculos deportivos e incluso ¡¡¡se entrevistó, no con uno, sino con dos Papas!!!!
La captación de fondos se hizo a través de distintas figuras jurídicas. Para ello, con un fiel estilo “Belfortiano”, utilizaba “vendedores” quienes contactaban a familiares y conocidos (en la jerga financiera las tres F: “Family, Friends, Fools”) y les ofrecían contratos de “mutuo” con promesas de altas tasas de interés en dólares de entre el 12 y el 20 % anual. En paralelo, el grupo Hope Funds constituía diversos fideicomisos y sociedades anónimas en dónde supuestamente invertía los fondos prestados. Así, logró captar ahorros de más de mil inversores.
Pero en el año 2016, el esquema comenzó a tambalear y la pirámide sin base colapsó ante los diversos reclamos de sus más de mil acreedores. Como en cualquier esquema Ponzi, no había repago posible. Como consecuencia de ello, el cerco legal del grupo Hope Funds comenzó a cerrarse. Así, el 3 de noviembre de 2016, la Comisión Nacional de Valores intimó a distintas personas vinculadas al grupo a que dejen de ofrecer fideicomisos y/o de realizar cualquier acto jurídico vinculado con valores negociables ya que dichas conductas implicaban realizar una actividad irregular de oferta pública, para la cual no estaban autorizados.
En materia penal, el 10 de abril de 2018, Blaksley fue arrestado en el marco de una investigación de lavado de dinero y estafa. La Justicia Penal también ordenó la traba de embargos sobre distintos bienes que serían propiedad del grupo Hope Funds. En paralelo, en lo que hace al recupero de los créditos de los inversores que es en definitiva lo que a estos más les interesa, los reclamos se iniciaron en la Justicia Comercial dónde existen más de 40 pedidos de quiebra y similar cantidad de juicios ejecutivos contra la sociedad Hope Funds S.A. Esta sería la persona jurídica del grupo que captó la mayor cantidad de préstamos otorgados por el público inversor, y que luego se derivaban a otras sociedades y fideicomisos. Presionada por una eventual declaración de quiebra, en febrero de 2017, Hope Funds S.A. se presentó ante dicha Justicia Comercial solicitando la homologación de un Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) para ganar tiempo. El APE es un acuerdo que el deudor celebra con una doble mayoría (2/3 del capital y más de la mitad) de sus acreedores de manera extrajudicial; luego se puede solicitar su homologación ante un Juez; se suspenden las acciones de contenido patrimonial y, de ser homologado, es obligatorio para todos los acreedores de causa o título anterior a su presentación, aun cuando no hayan prestado conformidad con el mismo. En su pedido de homologación del APE, Hope Funds S.A. incumplió con los recaudos más básicos que exige la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ), para darle tramite al pedido de homologación. Pese a ello, el 7 de marzo de 2017 el Juzgado interviniente consideró que dichos recaudos estaban preliminarmente cumplidos y dio trámite al proceso de homologación con la consiguiente suspensión de las acciones de contenido patrimonial contra la deudora. Es decir, se le confirió la protección de la LCQ a quién no la merecía. Se opusieron a la homologación centenares de acreedores.
Actuando rápidamente, el 9 de mayo de 2017 el Juzgado interviniente rechazó la homologación del APE. Ello así por considerar que: (i) la contabilidad era irregular ya que, entre otras cuestiones, presentaba importantes retrasos; (ii) el activo denunciado tenía importantes omisiones y anomalías; (iii) el pasivo denunciado no reflejaba, ni cerca, la cantidad real de acreedores; (iv) el activo y pasivo no estaban actualizados; (v) las conformidades al APE tenían serios errores y no estaban acreditadas las mayorías; (vi) el acuerdo era abusivo. Por la conducta de la deudora durante el trámite del APE (declaraciones insinceras y reticencia a dar información), el Juzgado solicitó que se investigue la comisión de los delitos de estafa y desobediencia. Ante ello, Hope Funds S.A. apeló dicha sentencia, pero el pasado 28 de marzo de 2018 desistió de dicho recurso con lo cual, el rechazo de la homologación del APE, quedó firme. Ello importa que cesó la suspensión de las acciones de contenido patrimonial contra Hope Funds S.A. Para el futuro, una posibilidad es que Hope Funds S.A. intente presentar su concurso preventivo. Dicha presentación debería ser rechazada por cuanto, al haber sido suspendidas las acciones de contenido patrimonial por el APE, el concurso preventivo no puede ser presentado sino hasta transcurrido un año desde el rechazo del APE.
En dicho contexto, lo más probable es que se decrete la quiebra de Hope Funds S.A. en uno de los tantos pedidos de quiebra cuyo trámite ya se ha reanudado. Naturalmente, para que los acreedores del grupo Hope Funds puedan recuperar sus créditos de la manera más rápida y con el menor costo posible, lo mejor sería que todas las sociedades de dicho grupo quiebren, se liquiden sus activos y el producido se distribuya entre los acreedores. Afortunadamente la Justicia Penal embargó algunos activos del grupo. Es inviable que Blaksley y asociados sigan administrando dichas sociedades. El problema es que, la quiebra de Hope Funds S.A., no implica la quiebra inmediata del resto de las sociedades del grupo Hope Funds. Para ello, cada una de las sociedades debe ser declarada en quiebra de manera autónoma y/o se deberá llevar adelante un proceso de extensión de quiebra, juicio que llevará unos cuantos años de trámite. Y a esta altura parece difícil que, en un acto de dignidad, Blaksley pida la propia quiebra de todas sus sociedades…Será un camino largo; pero es el que debería recorrer el inversor damnificado para intentar recuperar parte de su crédito.
Así es como, fraude mediante, lamentablemente se destruyó valor y los sueños de muchos inversores terminan en el fondo de una gran quiebra en dónde las posibilidades de recuperar sus créditos son bastante relativas.