Infosel, junio. 22.- América Móvil, la compañía de telecomunicaciones controlada por el empresario Carlos Slim, recibió ayer un fallo por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto de las tarifas de interconexión que regulan la interacción entre la compañía y sus competidores.
La corte confirmó la constitucionalidad de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que entró en vigor a finales de 2014, al respecto de la facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el regulador del sector, de utilizar las tarifas de interconexión como una medida para contrarrestar la posición del actor preponderante del mercado, en este caso América Móvil.
La decisión confirma la legalidad de la medida que obliga a la compañía pagar a sus competidores por conectar las llamadas de sus usuarios a las líneas de empresas como AT&T o Telefónica Movistar, mientras que éstos últimos no pagan a América Móvil por el mismo servicio.
El máximo órgano judicial del país se pronunció además al respecto de la situación de la determinación de tarifas de interconexión para 2015, que debido a que después de la aprobación de la ley hubo poco tiempo para que los operadores las negociaran, el IFT decidió que se aplicaran las mismas tarifas del año anterior.
Al respecto, la SCJN concluyó que "hasta en tanto no existiera un acuerdo entre los concesionarios el IFT no resolviera el acuerdo, se continuarían aplicando las tarifas del año anterior, pero una vez emitida la resolución o alcanzado el acuerdo, los concesionarios tendrían que compensarse por los meses de 2015 que ya habrían transcurrido hasta ese momento", de acuerdo con un comunicado.
La corte confirmó la constitucionalidad de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que entró en vigor a finales de 2014, al respecto de la facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el regulador del sector, de utilizar las tarifas de interconexión como una medida para contrarrestar la posición del actor preponderante del mercado, en este caso América Móvil.
La decisión confirma la legalidad de la medida que obliga a la compañía pagar a sus competidores por conectar las llamadas de sus usuarios a las líneas de empresas como AT&T o Telefónica Movistar, mientras que éstos últimos no pagan a América Móvil por el mismo servicio.
El máximo órgano judicial del país se pronunció además al respecto de la situación de la determinación de tarifas de interconexión para 2015, que debido a que después de la aprobación de la ley hubo poco tiempo para que los operadores las negociaran, el IFT decidió que se aplicaran las mismas tarifas del año anterior.
Al respecto, la SCJN concluyó que "hasta en tanto no existiera un acuerdo entre los concesionarios el IFT no resolviera el acuerdo, se continuarían aplicando las tarifas del año anterior, pero una vez emitida la resolución o alcanzado el acuerdo, los concesionarios tendrían que compensarse por los meses de 2015 que ya habrían transcurrido hasta ese momento", de acuerdo con un comunicado.