por Fernanda Celis
Infosel, abril. 2.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la entidad encargada de proteger a los consumidores de prácticas comerciales abusivas, aclaró que las colegiaturas deben pagarse a pesar de la suspensión de clases presenciales por la contingencia sanitaria del coronavirus covid-19, debido a que se trata de una causa de fuerza mayor.
Sin embargo, Ricardo Sheffield Padilla, que lidera la Profeco, dijo en un comunicado que es conveniente que las escuelas y los padres de familia o alumnos acuerden condiciones de flexibilidad para realizar los pagos, lo que puede implicar desde liquidaciones parciales, meses sin intereses, cuotas reducidas, entre otros.
"El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) no elimina la obligación del pago de colegiaturas porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases", señaló la Profeco en el comunicado.
La entidad indicó que las escuelas sí podrían considerar la cuantía las colegiaturas de marzo y abril bajo circunstancias especiales, debido a que muchas implementan clases en línea, lo que reduce los gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles.
Infosel, abril. 2.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la entidad encargada de proteger a los consumidores de prácticas comerciales abusivas, aclaró que las colegiaturas deben pagarse a pesar de la suspensión de clases presenciales por la contingencia sanitaria del coronavirus covid-19, debido a que se trata de una causa de fuerza mayor.
Sin embargo, Ricardo Sheffield Padilla, que lidera la Profeco, dijo en un comunicado que es conveniente que las escuelas y los padres de familia o alumnos acuerden condiciones de flexibilidad para realizar los pagos, lo que puede implicar desde liquidaciones parciales, meses sin intereses, cuotas reducidas, entre otros.
"El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) no elimina la obligación del pago de colegiaturas porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases", señaló la Profeco en el comunicado.
La entidad indicó que las escuelas sí podrían considerar la cuantía las colegiaturas de marzo y abril bajo circunstancias especiales, debido a que muchas implementan clases en línea, lo que reduce los gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles.