Infosel, junio. 28.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no revisará hoy el amparo que solicitó América Móvil, la compañía de telecomunicaciones más grande de América Latina, contra las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para determinar tarifas asimétricas en materia de interconexión de redes de telecomunicaciones.
La resolución de ese amparo contra los cambios constitucionales y las reformas a Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que permitieron a las autoridades determinar que América Móvil no puede cobrar en México una tarifa a sus rivales por interconectarse a su red por ser una compañía preponderante, lo revisará el Máximo Tribunal más tarde, de acuerdo al listado de asuntos que resolverá hoy la Segunda Sala.
De hecho, hasta ahora, de acuerdo a fuentes cercanas al Máximo Tribunal, no existe ni siquiera un proyecto para resolver esa disputa constitucional. Al interior de la Corte incluso no se conoce el nombre del magistrado que será responsable de escribir el proyecto para otorgar o negar el amparo que solicitó América Móvil.
En ese amparo la empresa, controlada por Carlos Slim, el hombre de negocios más acaudalado de México, argumenta que es inconstitucional que se le dé un trato diferenciado en cuanto a tarifas de interconexión.
Sin embargo, diversos expertos consideran que existen argumentos jurídicos y constitucionales para respaldar la decisión de IFT de prohibir a América Móvil cobrar una tarifa de interconexión a sus rivales luego de que fue calificada por las autoridades de la industria como preponderante al controlar más de 50% del mercado de las telecomunicaciones en el país.
La empresa de Slim tiene una participación cercana a 70% de ese mercado, por lo que está, de acuerdo a lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones, sujeta a regulación asimétrica, como el no poder cobrar una tarifa de interconexión a quienes terminan llamadas telefónicas en su red.
Claro que el Máximo Tribunal sí resolverá hoy nueve amparos contra la llamada reforma de telecomuniciaciones. Sin embargo, se trata de disputas sobre las tarifas de interconexión que cobran los operadores de redes de telecomunicaciones a América Móvil para terminar llamadas en sus redes y que determinó IFT hace algunos años luego que las partes no pudieron ponerse de acuerdo.
Los nueve amparos son muy similares al que la Suprema Corte resolvió el 22 de junio por la inconformidad de América Móvil contra la forma como IFT determinó esas tarifas de interconexión en el periodo de transición en que aplicó las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
La diferencia es que estos amparos adicionales involucran a compañías de telecomunicaciones distintas a la mencionada en el amparo ya resuelto y con fechas de aplicación de esas tarifas de interconexión distintas.
La resolución de ese amparo contra los cambios constitucionales y las reformas a Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que permitieron a las autoridades determinar que América Móvil no puede cobrar en México una tarifa a sus rivales por interconectarse a su red por ser una compañía preponderante, lo revisará el Máximo Tribunal más tarde, de acuerdo al listado de asuntos que resolverá hoy la Segunda Sala.
De hecho, hasta ahora, de acuerdo a fuentes cercanas al Máximo Tribunal, no existe ni siquiera un proyecto para resolver esa disputa constitucional. Al interior de la Corte incluso no se conoce el nombre del magistrado que será responsable de escribir el proyecto para otorgar o negar el amparo que solicitó América Móvil.
En ese amparo la empresa, controlada por Carlos Slim, el hombre de negocios más acaudalado de México, argumenta que es inconstitucional que se le dé un trato diferenciado en cuanto a tarifas de interconexión.
Sin embargo, diversos expertos consideran que existen argumentos jurídicos y constitucionales para respaldar la decisión de IFT de prohibir a América Móvil cobrar una tarifa de interconexión a sus rivales luego de que fue calificada por las autoridades de la industria como preponderante al controlar más de 50% del mercado de las telecomunicaciones en el país.
La empresa de Slim tiene una participación cercana a 70% de ese mercado, por lo que está, de acuerdo a lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones, sujeta a regulación asimétrica, como el no poder cobrar una tarifa de interconexión a quienes terminan llamadas telefónicas en su red.
Claro que el Máximo Tribunal sí resolverá hoy nueve amparos contra la llamada reforma de telecomuniciaciones. Sin embargo, se trata de disputas sobre las tarifas de interconexión que cobran los operadores de redes de telecomunicaciones a América Móvil para terminar llamadas en sus redes y que determinó IFT hace algunos años luego que las partes no pudieron ponerse de acuerdo.
Los nueve amparos son muy similares al que la Suprema Corte resolvió el 22 de junio por la inconformidad de América Móvil contra la forma como IFT determinó esas tarifas de interconexión en el periodo de transición en que aplicó las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
La diferencia es que estos amparos adicionales involucran a compañías de telecomunicaciones distintas a la mencionada en el amparo ya resuelto y con fechas de aplicación de esas tarifas de interconexión distintas.