Colombia autoriza confiscación y destrucción de dosis mínimas de drogas ilícitas

Publicado 01.10.2018, 11:33 a.m
Colombia autoriza confiscación y destrucción de dosis mínimas de drogas ilícitas

BOGOTÁ, 1 oct (Reuters) - Colombia autorizó el lunes a la policía a confiscar y destruir dosis mínimas o de aprovisionamiento de drogas ilícitas que se porten o consuman en espacios públicos, una polémica medida que busca combatir el creciente microtráfico y el consumo entre niños y jóvenes.

El decreto firmado por el presidente Iván Duque contempla medidas policiales pero no criminales, debido a que no autoriza la detención de personas que tengan en su poder dosis mínimas de drogas como marihuana, cocaína o heroína.

"Estamos firmando un decreto que le da las herramientas a la Fuerza Pública, a la policía, para destruir la droga en las calles de nuestras ciudades, destruir cualquier dosis", dijo Duque al firmar el decreto.

"No vamos a dejar que los parques y las zonas aledañas a los colegios se sigan convirtiendo en un lugar en donde los jíbaros se sientan a sus anchas", agregó el mandatario.

Colombia pasó de ser un país productor de drogas a uno consumidor.

Un 11 por ciento de la población del país de 48 millones de habitantes ha consumido algún tipo de sustancia ilícita en el último año según datos del Gobierno, que estima que la venta de drogas en dosis personales mueve anualmente más de 3.000 millones de dólares.

Con la medida, la policía podrá imponer una multa de hasta 70 dólares a quien consuma o porte drogas en espacios públicos como calles y parques. Sin embargo, si una persona demuestra con un certificado médico o el testimonio de un familiar que es adicta, podrá ir ante un inspector de policía y exigir la devolución de la droga antes de su destrucción.

"No se trata de llevar a la cárcel al consumidor, se trata de quitarle la dosis y destruirla. ¿Por qué? Porque esa sustancia le hace daño a la salud pública y le hace daño a los niños y son sustancias prohibidas en el espacio público", afirmó el mandatario colombiano.

Pero si una persona es sorprendida con cantidades superiores a las establecidas como dosis mínima, puede ser capturada y procesada por el delito de portación y tráfico de estupefacientes que se penaliza con hasta 20 años de cárcel.

La Corte Constitucional estableció hace más de dos décadas como dosis mínima 20 gramos de marihuana, un gramo de cocaína y dos gramos de metacualona.

El decreto desató polémica y críticas de organizaciones, que anunciaron demandas contra la norma argumentando que va en contra de libertades personales consagradas en la Constitución y que el adicto es un enfermo que requiere asistencia psicosocial y no persecución. (Reporte de Luis Jaime Acosta; editado por Hernán García)

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