por Fernanda Celis
Infosel, febrero. 19.- El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, decretó cambios que prohíben la importación y exportación de cigarros electrónicos, vapeadores, y las soluciones y mezclas que acompañan su uso, en medio de las afectaciones y fallecimientos relacionados con el consumo de estos productos en Estados Unidos.
Los cambios fueron contemplados en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y publicados hoy por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación.
Las modificaciones aplicarán para los llamados sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN) --que calientan un líquido y liberan vapor o aerosol que contiene nicotina, que puede ser mezclado con otras sustancias--, a los sistemas alternativos de consumo de nicotina (SACN), que mediante calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco generan un vapor o aerosol que contiene nicotina; y a los sistemas similares sin nicotina (SSSN).
"Es importante resaltar el inminente peligro que representan los citados dispositivos, toda vez que generan vapor o aerosol y compuestos químicos producidos por el calentamiento de los componentes del líquido…", indica el decreto de ley.
En enero, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) prohibió los sabores de frutas y menta en los cigarros electrónicos, como un esfuerzo para frenar los niveles epidémicos en el uso de estos productos por parte de jóvenes y niños.
Ello implicó que las empresas deberán dejar de fabricar, distribuir y vender cigarrillos electrónicos con base en cartuchos aromatizados no autorizados, con excepción de los de sabor a mentol y tabaco.
Infosel, febrero. 19.- El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, decretó cambios que prohíben la importación y exportación de cigarros electrónicos, vapeadores, y las soluciones y mezclas que acompañan su uso, en medio de las afectaciones y fallecimientos relacionados con el consumo de estos productos en Estados Unidos.
Los cambios fueron contemplados en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y publicados hoy por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación.
Las modificaciones aplicarán para los llamados sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN) --que calientan un líquido y liberan vapor o aerosol que contiene nicotina, que puede ser mezclado con otras sustancias--, a los sistemas alternativos de consumo de nicotina (SACN), que mediante calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco generan un vapor o aerosol que contiene nicotina; y a los sistemas similares sin nicotina (SSSN).
"Es importante resaltar el inminente peligro que representan los citados dispositivos, toda vez que generan vapor o aerosol y compuestos químicos producidos por el calentamiento de los componentes del líquido…", indica el decreto de ley.
En enero, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) prohibió los sabores de frutas y menta en los cigarros electrónicos, como un esfuerzo para frenar los niveles epidémicos en el uso de estos productos por parte de jóvenes y niños.
Ello implicó que las empresas deberán dejar de fabricar, distribuir y vender cigarrillos electrónicos con base en cartuchos aromatizados no autorizados, con excepción de los de sabor a mentol y tabaco.