por Fernanda Celis
(Actualiza con detalles)
Infosel, marzo. 5.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el amparo que la cadena de tiendas y restaurantes Sanborns promovió para vender cigarros electrónicos, tras un decreto presidencial para prohibir las importaciones y exportaciones para este tipo de sistemas alternativos a los cigarrillos convencionales.
"Se desecha el proyecto y se returna a la ponencia del ministro Luis María Aguilar Morales", se lee en la lista de resoluciones del 4 de marzo de la Segunda Sala del máximo órgano judicial.
La firma que forma parte del consorcio Grupo Carso (MX:GCARSOA1) promovió desde 2019 un juicio de amparo contra el artículo 16, fracción VI, de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe vender, distribuir, promocionar y producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco. El proyecto de Sanborns fue presentado por el ministro Javier Laynez Potisek.
Desde octubre de 2019 Sanborns comercializa en Ciudad de México IQOS, un sistema de tabaco calentado del gigante tabacalero Philip Morris (NYSE:PM).
De igual manera, la compañía tabacalera British American Tobacco (LON:BATS) vende vaporizadores y cartuchos de sabores a través de pequeños quioscos en plazas comerciales en México y por internet bajo la marca Vype.
Sin embargo, con el decreto del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador a los cambios que prohíben desde el 20 de marzo la importación y exportación de cigarros electrónicos, vapeadores y sistemas similares, así como las soluciones y mezclas que acompañan su uso, las tabacaleras ya no podrán vender más allá de lo que les queda actualmente en stock.
Lo anterior es parte de los cambios a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicados el 19 de febrero por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación.
"Si una empresa mandara un cargamento de estos dispositivos, en la aduana lo detendrán. Lo que habrá en el mercado hoy es lo que ya está en existencia, lo que tienen en sus bodegas, pero ya no podrán importar", dijo Marcela Madrazo, directora de área en la oficina del titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en anterior entrevista con Sentido Común.
La decisión de la SCJN y el decreto se dan en el marco del llamado por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para aumentar la vigilancia respecto a estos productos y prohibirlos.
A inicios de 2020, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) prohibió los sabores de frutas y menta en los cigarros electrónicos, como un esfuerzo para frenar los niveles epidémicos en el uso de estos productos por parte de jóvenes y niños.
(Actualiza con detalles)
Infosel, marzo. 5.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el amparo que la cadena de tiendas y restaurantes Sanborns promovió para vender cigarros electrónicos, tras un decreto presidencial para prohibir las importaciones y exportaciones para este tipo de sistemas alternativos a los cigarrillos convencionales.
"Se desecha el proyecto y se returna a la ponencia del ministro Luis María Aguilar Morales", se lee en la lista de resoluciones del 4 de marzo de la Segunda Sala del máximo órgano judicial.
La firma que forma parte del consorcio Grupo Carso (MX:GCARSOA1) promovió desde 2019 un juicio de amparo contra el artículo 16, fracción VI, de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe vender, distribuir, promocionar y producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco. El proyecto de Sanborns fue presentado por el ministro Javier Laynez Potisek.
Desde octubre de 2019 Sanborns comercializa en Ciudad de México IQOS, un sistema de tabaco calentado del gigante tabacalero Philip Morris (NYSE:PM).
De igual manera, la compañía tabacalera British American Tobacco (LON:BATS) vende vaporizadores y cartuchos de sabores a través de pequeños quioscos en plazas comerciales en México y por internet bajo la marca Vype.
Sin embargo, con el decreto del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador a los cambios que prohíben desde el 20 de marzo la importación y exportación de cigarros electrónicos, vapeadores y sistemas similares, así como las soluciones y mezclas que acompañan su uso, las tabacaleras ya no podrán vender más allá de lo que les queda actualmente en stock.
Lo anterior es parte de los cambios a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicados el 19 de febrero por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación.
"Si una empresa mandara un cargamento de estos dispositivos, en la aduana lo detendrán. Lo que habrá en el mercado hoy es lo que ya está en existencia, lo que tienen en sus bodegas, pero ya no podrán importar", dijo Marcela Madrazo, directora de área en la oficina del titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en anterior entrevista con Sentido Común.
La decisión de la SCJN y el decreto se dan en el marco del llamado por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para aumentar la vigilancia respecto a estos productos y prohibirlos.
A inicios de 2020, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) prohibió los sabores de frutas y menta en los cigarros electrónicos, como un esfuerzo para frenar los niveles epidémicos en el uso de estos productos por parte de jóvenes y niños.