por Dassaev Rodríguez Ramírez
(Actualiza con comentarios, citas de Cofece a lo largo de la historia)
Infosel, agosto. 21.- Grupo Aeroportuario del Sureste (Asur), el administrador privado de terminales aéreas en México, Puerto Rico y Colombia, dio a conocer que recibió la notificación del fallo de la Comisión Federal de Competencia Económica en el que determina que su terminal aérea de Cancún incurrió en práctica monopólica relativa de negativa de trato en el mercado del servicio de taxis.
Las prácticas monopólicas relativas consisten en el abuso del poder de mercado por parte de uno o varios agentes económicos para desplazar indebidamente, impedir la entrada al mercado analizado o establecer ventajas en favor de uno o varios agentes económicos.
Por ello, Cofece, como también se le conoce al órgano encargado de vigilar el buen comportamiento de los mercados en México determinó que Asur deberá pagar una multa de 72 millones 540 mil pesos (3.6 millones de dólares).
"El Pleno de la Comisión determinó que el Aeropuerto tiene dicho poder, ya que en su condición de concesionario del aeródromo de Cancún es el único que puede arrendar los espacios y conceder los derechos de acceso al uso de la infraestructura aeroportuaria a los concesionarios de taxis para que ofrezcan sus servicios, por ejemplo, la venta de boletos en los módulos, o el espacio que utiliza la flotilla para esperar y ser enviado a la zona de ascenso y descenso de pasajeros", dijo el regulador, en un comunicado.
La autoridad investigadora de la Cofece inició la pesquisa de este caso, a finales de septiembre de 2016, tras detectar contratos o convenios entre empresas o personas que hayan tenido el objetivo de desplazar competidores en el mercado de autotransporte con origen en el aeropuerto de Cancún, el centro turístico más importante del país.
En su investigación, Cofece determinó que desde febrero de 2010 y al menos hasta abril de 2018 el Aeropuerto Internacional de Cancún (AIC) no proporcionó el servicio de acceso a determinados agentes emitiendo opiniones negativas para evitar que los interesados en entrar al mercado pudieran obtener el permiso ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Además, halló que la empresa también puso trabas para suscribir contratos de acceso y arrendamiento para prestar el servicio de transporte a través de taxis.
"El aeropuerto tiene incentivos para impedir la entrada de nuevos oferentes, pues las tarifas que cobra a los permisionarios para el acceso al AIC para la prestación del servicio representan del 10 al 12% de los ingresos de cada viaje", agregó Cofece, en su comunicado. "Según estimaciones de la Comisión, esta conducta generó un daño al mercado calculado en más de 98 millones de pesos, resultado de un sobreprecio promedio estimado de 8% y que afectó varios millones de viajes".
Tras la notificación de Cofece, Asur dijo en un comunicado que impugnará la resolución con los medios legales a su alcance.
Además, el órgano regulador ordenó al administrador del Aeropuerto de Cancún corregir y suprimir la conducta anticompetitiva emitiendo opiniones sustentadas en elementos técnicos, para otorgar o no los permisos de operación a los concesionarios de taxis que estén interesados en operar en la terminal aérea.
Asur también deberá transparentar los criterios que consideró para emitir dicha opinión y en un plazo máximo de 30 días hábiles, deberá proporcionar el servicio de acceso al Aeropuerto de Cancún a los agentes económicos que le soliciten y o hayan obtenido el permiso de la SCT para la prestación del servicio de taxi.
"La comisión podrá requerir al Aeropuerto, por un plazo de cinco años y en cualquier momento, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas en esta resolución", dijo Cofece, en su comunicado.
De acuerdo con algunos analistas la sanción que recibió Asur no es significativa, ya que representa el 1.2, 1 y 0.7% de las ganancias antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización de Asur en Cancún, México y el total, respectivamente.
"Consideramos que dicha noticia resulta neutral para la emisora, debido a que el monto de la multa no resulta representativa a nivel de Ebitda", escribieron Brian Rodríguez y J. Roberto Solano, analistas de Grupo Financiero Monex, en un reporte.
En un caso similar a éste, hace unos años Cofece también multó con 63 millones de pesos a la compañía que opera el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, al determinar que impidió el acceso de nuevos competidores al mercado del autotransporte al establecer ventajas para los operadores de taxis que ya proporcionaban ese servicio.
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