La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador ejerció «influencia indebida» durante la pasada elección en el Estado de México.
Esta influencia se habría producido a través de expresiones realizadas por el presidente durante las conferencias matutinas del 24 de mayo y 2 de junio, a favor de Morena y sus aliados.
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El TEPJF declaró que existió una vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, así como el uso indebido de recursos públicos y programas sociales, además del incumplimiento de medidas cautelares. Sin embargo, la ley no prevé sanciones específicas para el presidente, por lo que el tribunal solo declaró su responsabilidad en los hechos.
En un caso anteriormente resuelto por la Sala Especializada, se emitió un fallo similar en el que se ordenó emplazar al coordinador de Comunicación Social de la Presidencia de la República para cumplir con el debido proceso.
En este caso, se destacó que las expresiones del presidente relacionadas con el fomento del voto hacia un determinado bloque político no son propias de una comunicación institucional.
El proyecto aprobado por el TEPJF señala que las expresiones del presidente no tuvieron un impacto real en los procesos electorales locales ni en el proceso federal que se llevará a cabo en septiembre próximo. Sin embargo, se reconoce que las expresiones sí generaron una influencia indebida en la elección del Estado de México, al hacer referencia expresa a dicho proceso durante la etapa de campaña.
En relación al uso indebido de programas sociales, se mencionó que el presidente emitió expresiones que condicionaron de manera discursiva la continuidad de los beneficios de estos programas a favor de Morena y los partidos con los que participó conjuntamente.
Además, se determinó que el presidente no cumplió con las medidas cautelares dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) el 26 de mayo, ya que volvió a realizar manifestaciones similares durante la conferencia matutina del 2 de junio, las cuales se difundieron en redes sociales oficiales. También se acreditó el uso indebido de recursos públicos al utilizar la infraestructura pública para la difusión de las conferencias de prensa en Palacio Nacional.
El proyecto aprobado propone determinar la responsabilidad del presidente de la República con respecto a las conductas infractoras y dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República sobre las infracciones cometidas por el director de Cepropie, el coordinador de comunicación, la directora de Comunicación Digital y el jefe de departamento.